Novedades del sorteo de Navidad: cobro en bancos y un premio más 'Gordo'

Loteria bolas custodiadas

Susana Palomo Gómez
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El Sorteo Extraordinario de Navidad tiene en este 2018 novedades, la más relevantes es el cobro de los premios. Se reparten este año 2.380 millones de euros en premios.

1. Aunque parezca obvio, es imprescindible presentar el décimo o resguardo premiado para poder cobrar un premio de Lotería de Navidad.

2. Este año, como novedad, si los premios son inferiores a 2.000€ por fracción, se pueden cobrar exclusivamente en uno de los casi 12.000 puntos de venta de la red comercial de Loterías, a partir de la tarde del 22 de diciembre, cuando finalicen tanto las verificaciones de los números extraídos como los procesos informáticos.

3. Si el premio acumula un importe igual o superior a 2.000€, el premio se cobrará en las entidades financieras autorizadas cuya lista se encuentra disponible en los puntos de venta de Loterías y en la página web oficial: www.loteriasyapuestas.es. En este caso:

4. Se recuerda que el pago debe ser inmediato, con la única tardanza de la verificación de dicho premio a través de nuestra pasarela de pago. No obstante, las entidades financieras no podrán hacer efectivo el pago del premio sin recabar de los perceptores de los premios la documentación e información necesaria para dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, normativa fiscal o de cualquier otra índole que resulte de aplicación.

5.  El pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a elección de la persona agraciada. Para su cobro no podrán obligar al jugador agraciado a abrir cuenta alguna en dicha entidad financiera. Tampoco podrán cobrar ningún tipo de gasto ni comisión por realizar el pago.

6. Este año el Gordo es más gordo: los ganadores del Gordo de Navidad 2018 cobrarán un importe neto de 322.000 euros (frente a los 320.500 del Sorteo del año pasado), debido a que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 fijó el pasado mes de julio el mínimo exento del gravamen en 10.000 euros para los premios derivados de sorteos celebrados desde la entrada en vigor de la norma hasta el 31 de diciembre de 2018 (el mínimo será 20.000 euros para premios derivados de sorteos celebrados en el año 2019 y 40.000 euros para premios derivados de sorteos celebrados en el año 2020).

7.  Se recuerda que el derecho al cobro de los premios de Lotería de Navidad caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo. Es decir, que se pueden presentar al cobro los décimos o resguardos premiados de Lotería de Navidad hasta el 22 de marzo de 2019, inclusive.

8. En el caso de que se posea una participación de un número premiado, deberán dirigirse a la entidad emisora de dicha participación para proceder al cobro de premios.

9.  Si el décimo o resguardo premiado está deteriorado el cliente debe personarse en un punto de venta de Loterías, cumplimentar el formulario “Solicitud de Pago de Premios”, firmarlo y aportar el décimo o resguardo deteriorado, que será remitido a Loterías para su autenticación.

10.  Si el décimo se comparte, hay que identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales o superiores a 2.000€.

11.  Los ganadores pueden solicitar un certificado acreditativo del premio a efectos fiscales. Si cobran el premio en uno de los puntos de venta de la red comercial de Loterías, a petición del cliente/beneficiario, el Punto de Venta cumplimentará la solicitud de certificado por ingresos por premios menores de Lotería Nacional para su posterior envío a Loterías, adjuntando fotocopia por ambos lados del DNI en vigor del Beneficiario. Loterías lo expedirá y lo remitirá directamente al domicilio del Beneficiario que lo haya solicitado.  En caso de que lo cobre en una entidad financiera: se puede descargar en la página de Loterías (https://www.selae.es/es/webcorporativa/

normativa/descarga-certificado-premios).

12. Si el décimo ha sido sustraído es recomendable presentar denuncia ante las autoridades competentes. Si dicho décimo resultara premiado, el cliente puede personarse en un juzgado con la denuncia para que se inicie el proceso correspondiente.

Recomendaciones

La Confederación Española de Consumidores y Usuarios (CECU) advierte de que los décimos del Sorteo de la Lotería de Navidad son documentos de cobro al portador, por lo que cualquier persona que los tenga en su posesión podrá reclamar el premio sin tener que acreditar su propiedad.

De ahí la importancia de tener el décimo "a buen recaudo, para evitar que pueda caer en manos ajenas, pero también para evitar que se pierda o se estropee ya que eso podría dificultar el cobro del premio".

Además recuerde que el plazo máximo para reclamar el cobro de los premios es de tres meses.

Donaciones con 'el Gordo'

La Lotería de Navidad puede servir a los agraciados para algo más que "tapar agujeros", puede ser una oportunidad para ser solidarios. Además, las donaciones a ONG y otras organizaciones sociales son 'premiadas' por Hacienda, ya que las desgravaciones podrán llegar hasta el 75% cuando se trate de cantidades de hasta 150 euros y hasta el 35% cuando excedan dicha cifra.

En este contexto, la Fundación Lealtad da diez consejos para que las donaciones sean "eficaces". En primer lugar, aconseja definir los colectivos, actividades, zona geográfica y perfil de ONG que se ajusten a tus inquietudes; consultar quién toma las decisiones en las organizaciones, qué proyectos desarrolla, cómo se financian y gestionan los fondos.

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