¿Qué implica el auto del juez sobre la no obligatoriedad del uso de mascarillas en Campo de Criptana y Alcázar?

Elena Garcia Fermosel
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Un juez ha desautorizado en un auto la obligatoriedad el uso de mascarillas en Campo de Criptana y Alcázar de San Juan. También rechaza la prohibición de fumar y el cierre de parques y jardines, esta última medida adoptada por Sanidad para el Ayuntamiento de Campo de Criptana. Pero ¿qué implica este auto?

El juez, cuando dice que no es obligatorio llevar mascarilla o que no se puede prohibir fumar en la terrazas, se refiere a las formas: a que no se ha respetado la proporcionalidad. Y sobre todo que se han vulnerado derechos fundamentales sin justificación.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha rechazado varias de las medidas adoptadas por la administración sanitaria castellano-manchega para hacer frente a la pandemia en Campo de Criptana, como ya hizo en el caso de la cercana localidad de Alcázar de San Juan.

En un auto fechado el 23 de agosto y conocido este domingo, el juez ratifica el grueso de las medidas adoptadas para Campo de Criptana en una resolución de la Delegación Provincial de Sanidad pero excluye varias, como el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o el cierre cautelar de parques y jardines.

Según han informado a Efe fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, tampoco ratifica la prohibición de fumar en terrazas independientemente de la distancia, no permitir salidas de residentes de centros socio-sanitarios salvo razones de "fuerza mayor", la suspensión de las actividades colectivas de ocio -por el carácter genérico e indeterminado de la medida- y el cierre cautelar de parques y jardines.

A juicio del juez, estas cinco medidas no reúnen los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación.

El resto de medidas se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días, a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad. En el auto se tiene en cuenta, además, la cercanía a la localidad de Alcázar de San Juan, donde  tomó una decisión similar respecto a las restricciones aprobadas en la localidad.

Medidas rechazadas en Alcázar de San Juan

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha rechazado algunas de las medidas adoptadas por la Delegación Provincial de Sanidad para hacer frente al contagio comunitario detectado en Alcázar de San Juan (Ciudad Real), entre ellas el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o la prohibición de fumar en terrazas.

Según han informado a Efe fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), el juzgado ha dictado un auto fechado el 22 de agosto que no acepta el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio, incluyendo espacios cerrados privados y domicilios, y sin distinguir edad. Tampoco ratifica que no se permita salidas de residentes de centros sociosanitarios salvo razones de "fuerza mayor", ni la prohibición de fumar en terrazas "independientemente de la distancia".

El auto tampoco da el visto bueno a la petición de la Delegación de Sanidad de suspensión de las actividades colectivas de ocio por su carácter genérico e indeterminado, ni al cierre cautelar de parques y jardines.

Según el TSJCM, estas cinco medidas no se ratifican judicialmente por no reunir los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulnerar de manera absoluta derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación. El resto de medidas resueltas por el delegado provincial de Sanidad en Ciudad Real para Alcázar de San Juan se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días y a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.

Un juez de la Comunidad de Madrid también rechazó la medida de prohibir fumar en la calle, una decisión que será recurrida por el Gobierno regional.

La alcaldesa de Alcázar anima a que los vecinos cumplan con todas las medidas de Sanidad

La alcaldesa de Alcázar de San Juan, Rosa Melchor ha considerado que el juez de guardia que no ha ratificado algunas de las medidas propuestas para su municipio por la Delegación Provincial de Sanidad de cara a controlar el COVID-19, como el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio, incluyendo los entornos cerrados privados y domicilios, y sin distinguir edad, o de fumar en las terrazas, independientemente de la distancia, "seguro que tiene como objetivo salvaguardar la salud pública" pero ha señalado que "el juez no va a meter a nadie en la cárcel por llevar mascarilla o por cumplir las medidas recomendadas por las autoridades sanitarias, sin embargo el virus sí puede llevar al hospital o al cementerio a quien no las cumpla".

Melchor ha insistido en aplicar el sentido común ante la situación que vive la ciudad por la COVID-19, confiando en que los alcazareños seguirán siendo responsables cumpliendo las medidas de protección para evitar contagios. "Lo primero es la salud por lo que tenemos que cuidar y cuidarnos aplicando el sentido común", ha manifestado en declaraciones a la Cadena Ser, según ha informado el Ayuntamiento en nota de prensa.

Rosa Melchor ha valorado la situación de Alcázar de San Juan tras haber sido declarada zona de transmisión comunitaria por parte de Sanidad y el rechazo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número de Ciudad Real, de cinco de las medidas sociosanitarias decretadas por la Delegación Provincial de Sanidad de Ciudad Real para controlar y frenar los nuevos brotes de coronavirus.

Las medidas especiales propuestas por la Delegación Provincial de Sanidad que entraron en vigor el pasado viernes con una vigencia de dos semanas. "Estos 14 días son una oportunidad para cortar la propagación del virus y encarar un mes de septiembre normalizado", ha señalado la alcaldesa.

EFE

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