EMPLEO

Gobierno y sindicatos pactan la reforma del subsidio de desempleo: estas son sus claves

Acuerdo que han rubricado frente a la prensa  y que no cuenta con el respaldo de la patronal

MADRID, 08/05/2024.- La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo (i), y de UGT, Pepe Álvarez, firman el acuerdo para reformar el sistema de protección asistencial por desempleo, este miércoles en la sede del Ministerio de Trabajo, en Madrid. EFE/ Fernando Alvarado

MADRID, 08/05/2024.- La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo (i), y de UGT, Pepe Álvarez, firman el acuerdo para reformar el sistema de protección asistencial por desempleo, este miércoles en la sede del Ministerio de Trabajo, en Madrid. EFE/ Fernando AlvaradoEFE

AGENCIAS / Susana Palomo Gómez
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Gobierno y sindicatos han pacto este miércoles la reforma del subsidio de desempleo que el Congreso tumbó en enero y que incluye novedades. Entre ellas nuevas reglas para poder compatibilizar las ayudas por desempleo con un puesto de trabajo.

El acuerdo entre Ministerio Trabajo y los sindicatos Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores llega tras el sí de los órganos de dirección sindical a la propuesta del Gobierno.  

Este mediodía la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz y los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez han firmado esta reforma.

Acto al que no asisten las patronales CEOE y Cepyme que se han descolgado del acuerdo de diálogo social. Fuentes de la patronal indicaron este martes a Europa Press que la reforma del subsidio había sido más un proceso de consultas por parte del Gobierno que una negociación.

Esta reforma está comprometida con Bruselas y es necesaria para el siguiente desembolso de los fondos europeos, el cuarto, dotado de 10.000 millones de euros. 

Claves de la nueva reforma del subsidio de desempleo

Entre otras cosas, mantiene la sobrecotización para la jubilación de los perceptores mayores de 52 años, motivo que hizo fallido en un primer intento esta reforma en el Congreso por el voto en contra de Podemos. 

Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales). También se eliminan los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

A la espera de conocer la valoración definitiva de los órganos de dirección de los sindicatos UGT y CCOO y de la patronal CEOE, estas algunas claves del texto:

1.¿Qué es el subsidio por desempleo? ¿Cuántas personas lo reciben?

Es una prestación asistencial o no contributiva que se percibe durante 30 meses en el caso de haber agotado la prestación contributiva, no haber cotizado lo suficiente para poder acceder a la misma o tener más de 52 años, entre otros supuestos.

Actualmente, la cuantía del subsidio equivale al 80 % del indicador de rentas múltiples (IPREM) que en 2023 está fijado en 600 euros, por lo que el subsidio asciende a unos 480 euros.

El SEPE dedica unos 530 millones de euros de media al año en pago del subsidio por desempleo, que perciben cerca de 765.884 personas, según el último dato de marzo, residentes mayoritariamente en las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana.

2. ¿Qué pasó con el primer intento de reforma?

La primera reforma, que daba cumplimiento a uno de los hitos pendientes para el desembolso de 10.000 millones de los fondos europeos, fue aprobada como real decreto, sin haberla negociado con los agentes sociales, y rechazada en el Congreso con el voto en contra de Podemos junto a PP y Vox.

3. ¿Cómo quedan las cuantías de esta ayuda?

En la nueva propuesta se mantiene la mejora de la cuantía del subsidio planteada inicialmente. Así, el subsidio ascenderá en los primeros seis meses al 95 % del IPREM (unos 570 euros mensuales, 90 euros más), bajando al 90 % en los seis meses siguientes para situarse el resto del periodo, hasta completar un máximo de 30 meses, en el 80 % como en la actualidad. El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80 % del IPREM.

No obstante, el IPREM no se actualiza y se mantiene en los 600 euros mensuales en 14 pagas, algo que los sindicatos ven completamente insuficiente y piden una subida de la misma o que el subsidio se vincule a otro indicador.

4. ¿Qué pasa con la sobrecotización para jubilación para mayores de 52 años?

Frente al recorte que planteaba la reforma que fue rechazada en el Congreso, la nueva propuesta mantiene la cotización por jubilación de los perceptores mayores de 52 años en el 125 % de la base mínima vigente en cada momento.

La eliminación progresiva de la sobrecotización fue el punto que provocó el voto en contra de Podemos, decisivo para tumbar el decreto.

5. ¿A qué colectivos se amplía?

Se permitirá el acceso al subsidio a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares, a los trabajadores eventuales agrarios, a las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla, y a quienes acrediten periodos cotizados inferiores a 6 meses y carezcan de responsabilidades familiares.

Como novedad, se extiende el subsidio a las víctimas de violencia de género y a los emigrantes retornados. También se permite compatibilizar los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del régimen general, al tiempo que se reduce el número de jornadas reales requeridas para acceder a los primeros (las llamadas peonadas).

En esta nueva propuesta también se equiparan las cuantías de los subsidios causados por personas con contrato a tiempo parcial con los de tiempo completo, lo que beneficia principalmente a las mujeres.

6. ¿Cómo se puede compatibilizar con un trabajo?

La reforma mantiene que se podrá percibir el subsidio mientras se trabaja por cuenta ajena, ya sea a tiempo completo o parcial, por un periodo máximo de 180 días sin reducción de la cuantía.

Este complemento de apoyo al empleo será decreciente en el tiempo y oscilará entre el 80 % del IPREM que percibirán durante el primer trimestre aquellos que trabajen a tiempo completo, hasta el 5 % del IPREM que recibirán a partir del quinto trimestre los que tengan un empleo inferior a la mitad de la jornada laboral.

La novedad incluida en la nueva propuesta amplía esta compatibilidad del trabajo a la prestación contributiva a partir de 2025, una vez transcurrido el primer año del cobro de la prestación, siempre que el salario percibido no supere los 18.900 euros brutos anuales.

Este complemento de apoyo al empleo también será decreciente en el tiempo y oscilará entre el 80 % que cobrarán entre el décimo tercer y décimo quinto mes aquellos que tengan un empleo a tiempo completo, hasta el 15 % que percibirán entre el vigésimo segundo y vigésimo cuarto mes los que tengan un trabajo inferior a la mitad de la jornada.

El Ministerio de Trabajo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se comprometen a realizar un seguimiento y control del correcto funcionamiento de esta compatibilidad entre empleo y prestación.

7. ¿Cómo serán los trámites?

Se mantiene la mejora de la accesibilidad al subsidio (planteada ya en la primera propuesta) al suprimir el mes de espera tras agotar la prestación contributiva para presentar la solicitud de subsidio. El periodo de reconocimiento se reduce a un trimestre.

La prestación estará vinculada a un itinerario personalizado de activación para el empleo. 

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