Influencers: Uteca pide aplicarles la Ley General de Comunicación Audiovisual para garantizar la protección a menores

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Tania Franco Rodríguez
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La patronal de las televisiones privadas, Uteca, ha instado al Gobierno a aplicar la Ley General de la Comunicación Audiovisual a los "influencers" que suben a las plataformas sus vídeos. Se trata de acabar con los incumplimientos detectados en publicidad y de garantizar la protección al menor.

La aplicación íntegra de la ley a los "influencers" permitirá, según la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (Uteca), reducir la "creciente alarma social" generada por su actividad y avanzar en la igualdad en derechos y obligaciones entre todos los prestadores de servicios audiovisuales, sea cual sea su tecnología y soporte de emisión.

Comunicaciones comerciales no identificadas e inapropiadas para menores

Uteca hace estas consideraciones después de conocer un estudio que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cita en su informe sobre el anteproyecto de ley general de comunicación audiovisual.

El estudio sobre 657 vídeos subidos por "influencers" a populares plataformas de intercambio de vídeo concluye que: "en una gran parte de los contenidos que emiten estos existen comunicaciones comerciales no identificadas o contenidos audiovisuales que pueden ser perjudiciales o inapropiados para los menores".

Lo más relevante en los vídeos de Youtube y Twitch, según el estudio concluido tras 420 horas de visionado, es que existen contenidos que "pudieran vulnerar la normativa sobre protección de los menores y de comunicaciones comerciales". Así lo han detectado los técnicos de la Comisión en la mitad de los vídeos visionados.

En Instagram TV, la CNMC también ha apreciado "una alta exposición de contenidos comerciales por parte de estos agentes sin la debida identificación de los mismos".

En otros países de Europa ya han comenzado a regular este tipo de publicidad

Eso es lo que, según Uteca, sucede en países de Europa como Austria, Noruega o Bélgica. En Alemania, la autoridad de regulación y supervisión del audiovisual se ocupa también de estos nuevos agentes audiovisuales.

"Cualquier otro tratamiento -dice Uteca- es una discriminación injustificada que dificulta un entorno competitivo equilibrado, además de ser una amenaza real para la efectiva protección de los menores".

La aplicación de la ley actual a estos nuevos agentes audiovisuales, según argumenta la patronal, está amparada en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 2015, que consideró "programas" a los vídeos cortos que crean y difunden y, por tanto, "servicios audiovisuales sujetos a regulación".

En su opinión, solo sería preciso delimitar aquellos vídeos y canales que tendrían esa consideración de "prestadores de servicios audiovisuales" y estarán sometidos a la ley general de la comunicación audiovisual, en función de un número mínimo de suscriptores, visualizaciones e ingresos económicos generados.

EFE

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