Entran en vigor las medidas para centros sociosanitarios tras el estado de alarma

Redacción CMM
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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado, mediante Resolución de las consejerías de Sanidad y de Bienestar Social, las nuevas medidas para los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales y sociosanitarios, tras la finalización del estado de alarma, que se publican en el diario oficial de la región y tienen efecto ya desde este miércoles.

En relación a la actividad en los Centros de Día de mayores y personas con discapacidad y servicios de estancias diurnas, centros de mayores y hogares de jubilados, así como a los Servicios de Promoción de la Autonomía Personal, se fija un aforo del 75 por ciento en espacios cerrados, con actividades preferentemente de carácter individual y naturaleza rehabilitadora.

La permanencia de personas en espacios al aire libre en estos centros deberá garantizar igualmente la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio, y extremar la limpieza y desinfección de los espacios, y todos los centros incluidos en este apartado deberán realizar su Plan de Contingencia para adecuar su situación a las actividades que desarrollen.

Actividades en el exterior

En cuanto a las actividades en centros sociales y sociosanitarios, se llevarán a cabo las actividades grupales preferentemente en el exterior y, cuando sean en el interior del centro, se deberán garantizar las medidas de higiene y prevención.

En las visitas a las residencias de mayores se deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos: el centro debe haber completado la vacunación a residentes y trabajadores; tanto la persona que acuda a la visita, como el residente no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus; y por cada visita podrán acudir dos personas de visita por una duración máxima de la reunión de 60 minutos.

Además, el residente podrá tener dos visitas a la semana, que se podrán incrementar atendiendo a circunstancias concretas; las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior, si no fuera posible, se habilitará un espacio específico, además durante el tiempo de las visitas se podrá llevar a cabo un paseo terapéutico por los alrededores del centro.

Visitas en el centro

En caso de tratarse de una visita por una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita el número de personas que autorice el centro atendiendo al caso concreto.

En las viviendas supervisadas, viviendas de mayores, las viviendas para personas con discapacidad, centros de atención a personas con discapacidad grave, personas con trastorno mental grave y otros centros, se mantendrá el régimen regular de visitas teniendo en cuenta todas las medidas preventivas.

Respecto a las salidas en las residencias de mayores, se permitirán salidas siempre que la persona residente no presente clínica sospecha por covid-19, extremando las medidas de higiene y seguridad en el domicilio en el que vayan a residir.

Además, las salidas en los centros de personas con discapacidad, menores, centros de atención a personas con discapacidad grave o viviendas de mayores, se permitirán las salidas en las condiciones ordinarias.

En los nuevos ingresos, reingresos, traslados y estancias temporales a las residencias de ayores y centros de atención a personas con discapacidad grave, deberán contar con un test PCR negativo realizado como máximo 72 horas antes del ingreso, se solicitará la vacunación con anterioridad suficiente y, si al ingreso el residente no hubiera recibido pauta de vacunación o no estuviera completa, se mantendrá aislamiento preventivo.

Finalmente, los trabajadores que se incorporen a su puesto de trabajo tras un periodo vacacional o de ausencia, se les realizará como paso previo, una PDIA (preferentemente PCR).

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