Huelga indefinida de las trabajadores del servicio de ayuda a domicilio en Ciudad Real

Huelga indefinida de las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio en Ciudad Real

Susana Palomo Gómez
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Las trabajadores del servicio de ayuda a domicilio en Ciudad Real están de Huelga indefinida. Desde las once de la mañana se concentran en la Plaza Mayor de la capital.

Cerca de medio centenar de trabajadoras de empresas privadas que prestan el servicio de ayuda a domicilio ha acudido a esta convocatoria. Representan a las dos mil empleadas que hay en toda la provincia. Reclaman subidas del 2% en todos los conceptos salariales de 2023 y 2024 y quieren que se desbloquee su convenio colectivo.

Servicios mínimos del 100% para grandes dependientes

La Consejería de Bienestar Social, ante esta huelga indefinida convocada a partir de este martes ha decretado que en la atención a las personas en situación de gran dependencia (Grado III) los servicios mínimos serán el 100% de los que habitualmente se prestan a estas personas dadas sus especiales circunstancias.

Así consta en la resolución de dicha Consejería, que publica en su edición de este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que para la atención a personas en situación de dependencia severa (Grado II) los servicios mínimos serán del 75% de los que habitualmente se prestan a estas personas dadas sus especiales circunstancias.

En el caso de la atención del personal no incluido en los párrafos precedentes, los servicios mínimos serán el 50% de los que habitualmente se prestan a estas personas. En todo caso, debe quedar garantizado el aseo personal, alimentación y medicación, así como las tareas de cuidados especiales.

Del mismo modo, Bienestar Social ha dictaminado que podrán verse modificados algunos horarios para una prestación adecuada del servicio y una organización de los mismos establecidos como mínimos.

Respecto a la designación del personal que prestará los servicios mínimos, será la persona responsable de la entidad local o, en su caso, de la empresa adjudicataria del servicio, la que decidirá en su ámbito el personal que debe prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución.

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