Medidas especiales de nivel 3 en Buenache de Alarcón

Sanidad decreta medidas especiales nivel 3 en la localidad conquense de Buenache de Alarcón

Susana Palomo Gómez
Seguir al autor

La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Cuenca, ha decretado medidas especiales en la localidad de Buenache de Alarcón. Entre las semanas del 7 al 20 de septiembre se han declarado en el municipio de Buenache de Alarcón, con unos 446 habitantes censados, un total de 27 casos de COVID-19, por lo que se ha decidido decretar medidas nivel 3 para los próximos 14 días.

  1. Se procede a la supresión del servicio en interior de locales cerrados de establecimientos de hostelería y restauración. Se procede al Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales
  2. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
  3. Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.
  4. Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.
  5. Se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
  6. No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
  7. Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
  8. Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y a la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
  9. Se procede a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
  10. Asimismo, se procede a la suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, …) y a la suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares
  11. Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos.
  12. Los hoteles sólo podrán contratar el 60% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 30%.
  13. En instalaciones deportivas, el aforo máximo será del 30% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores.
  14. Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos, así como al cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 horas y las 8:00 horas.
  15. En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  16. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Por último, se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

Temas

¿Desea recibir alertas con las últimas noticias?

not_supported_text.placeholder