Contra la ocupación de viviendas: desde patrullas vecinales, como la de Bargas (Toledo), hasta demandas judiciales

Susana Palomo Gómez
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Dos viviendas ocupadas han creado malestar entre los vecinos de la urbanización 'Los altos de Bargas' en Toledo. Sin embargo, tras el conflicto vivido el pasado miércoles con un grupo de familias que abandonaron las dos viviendas que habían ocupado, ya respiran más tranquilos. Las entidades bancarias, propietarias de esas casas, han cambiado las cerraduras y contratado seguridad para evitar futuras ocupaciones en las viviendas. Sin embargo, hay una propiedad en el barrio que preocupa a los vecinos. Por eso, se han puesto en marcha y patrullan el barrio y comparten en un grupo de whatsapp cualquier información sobre anomalías que se encuentran.

Desahucio exprés

Ante estos casos de ocupación hay que recurrir a la ley, más concretamente a la vía civil. A la ley 5/2018 de 11 de junio que ampara al propietario. Es una norma, del año pasado, que regula el llamado desahucio exprés y que en muchos casos hace que el conflicto se resuelva en menos de un mes, cinco meses a lo sumo.

Según fuentes consultadas por Castilla-La Mancha Media, lo que se debe hacer es acudir con un abogado a los juzgados para presentar una demanda. Escrito en el que se solicita el "alzamiento" de esas personas desconocidas que se están habitando en esos momentos la vivienda. Si se pide el alzamiento, el juzgado notifica a los ocupantes la demanda. que si no se pronuncian ni presentan documentación o títulos de arrendamiento en los juzgados el alzamiento y posterior recuperación de la vivienda va a ser relativamente rápida.

El derecho penal también recoge la posibilitad de tomar acciones legales en caso de ocupación de vivienda. Se acude a esta vía normalmente cuando hay riesgo de que alguien entre en una vivienda y no quiera devolver la propiedad.

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