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Publicado el decreto de regularización de migrantes: habrá más profesionales para atender las solicitudes

Se reforzarán las Oficinas de Extranjería para este proceso de regularización.

Se reforzarán las Oficinas de Extranjería para este proceso de regularización.EUROPA PRESS

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Redacción CMM
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Ya se ha publicado en el BOE el Real Decreto para el proceso de regularización extraordinaria de migrantes. Entrará en vigor este jueves y para llevarlo a cabo, se incorporará a 550 profesionales extra para atender en 450 oficinas de toda España -60 de la Seguridad Social o de la Tesorería, 371 de Correos y 5 de Extranjería-.

La solicitud telemática se podrá hacer desde el jueves 16 de abril y la presencial desde el lunes 20 de abril. Las personas interesadas tendrán hasta el 30 de junio para presentarse por estas dos vías. Para la solicitud presencial se requerirá cita previa obligatoria y gratuita, que se puede pedir también desde el próximo jueves tanto por vía telemática como telefónica.

Para garantizar que el plazo sea suficiente y el procedimiento ágil, se ha dimensionado un "plan operativo con capacidad de respuesta". "Hemos formado un equipo de personal con más de 550 profesionales extra para atender a las personas, tramitar solicitudes, estudiar expedientes, solicitar subsanaciones o nuevos documentos y, por último, resolver la autorización", ha recalcado la ministra de Inclusión Social, Elma Saiz.

Cuentan con una plataforma única llamada Mercurio a través de la cual se presentará toda la documentación.

Los solicitantes que cumplan los requisitos podrán acceder a una autorización para residir y trabajar en toda España. También se les dará un número de afiliación y acceso a la tarjeta sanitaria del territorio en el que residan. Tendrá una vigencia inicial de un año.

Los menores de edad obtendrán una autorización de residencia por 5 años y se podrá gestionar su solicitud en una misma cita simultáneamente a las de la familia.

Cómo y cuándo presentar la solicitud

La vía telemática estará disponible de forma ininterrumpida las 24 horas del día, los 7 días de la semana durante todo el periodo de solicitud. Se podrán empezar a solicitar el próximo jueves 16 de abril. La plataforma de solicitud estará disponible a través de la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social e Inmigraciones.

Para la solicitud presencial será imprescindible contar con cita previa. Participarán oficinas de la Seguridad Social, al menos una en cada provincia en horario de tarde (16.00 a 19.00 horas de lunes a viernes); sucursales de Correos en capitales de provincia y en municipios con más de 50.000 habitantes (08.30 a 17.30 horas de lunes a viernes); y algunas oficinas de Extranjería en determinadas provincias que se especificarán en la página web (16.00 a 19.00 horas de lunes a viernes).

El plazo para pedir cita previa comenzará el 16 de abril, aunque la atención en oficinas arranca el lunes 20 de abril. Se podrá pedir cita previa a través de dos canales: telemático (web del Ministerio de Inclusión), mediante clave o a través de formulario; y telefónica (060).

Podrán participar en este proceso los migrantes que se encuentren en España en situación irregular y solicitantes de protección internacional antes del 1 de enero de 2026 y hayan permanecido en España al menos cinco meses seguidos, siempre que carezcan de antecedentes penales, un requisito "sine qua non", según Saiz, y no supongan amenaza para el orden o la seguridad pública.

Se podrá acreditar la estancia en España con cualquier documento público, privado o combinación de ambos verificables y que justifiquen la estancia en España. El certificado de empadronamiento es válido pero no obligatorio. Todos los documentos deberán ser nominativos y especificar una fecha.

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