Publicado en el DOCM el decreto de toque de queda a las 00:00 y las nuevas medidas

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Redacción CMM
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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica el decreto por el que se modifica la hora del toque de queda, que ya desde este miércoles es desde las 00:00 horas hasta las 7:00, y la resolución de Sanidad con las nuevas medidas para la contención de la expansión de coronavirus, según las cuales toda la región pasa a nivel 2 salvo cuatro municipios.

Se trata Burguillos de Toledo y, en la provincia de Guadalajara, Sigüenza, Pioz y El Casar, donde se aplican las medidas de nivel 3 debido al riesgo de contagios, y el cierre perimetral de cada municipio.

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Se adopta la decisión de pasar a nivel 2 la comunidad de Castilla-La Mancha, por un periodo de diez días, dado que se observa una "franca mejoría" y algunos indicadores superan en cierta medida los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha y en España: la incidencia acumulada en los últimos 14 días (159,2 casos por 100.000 habitantes), las tasas de incidencia en personas con 65 y más años de edad (140,5 casos por 100.000 habitantes mayores de 64 años registrados en los últimos 14 días), el peso relativo de este grupo de edad sobre el total de casos (16,8 %) y la situación de los indicadores de ocupación hospitalaria (el 33,1% de las unidades de críticos ocupadas por pacientes con covid-19).

  • Entre las medidas que entran en vigor se encuentran el toque de queda en la región desde las 00:00 horas, aunque los locales de ocio deberán cerrar a las 23:00 horas, y se mantiene el cierre perimetral de la comunidad autónoma.
  • Se abren los centros de día y en las residencias de mayores se permiten las visitas de familiares en aquellas que estén libres de covid-19, una hora cada visita y dos veces por semana, al tiempo que también se puede salir de las residencias por un periodo de 48 horas.
  • Las escuelas deportivas tienen a partir de ahora un máximo de quince personas, cuando antes el límite eran seis, y también se aumenta el aforo de los mercadillos, que pasa de un tercio al 50 por ciento, siempre que se mantenga una distancia de cuatro metros entre los puestos; así como las visitas guiadas amplían su aforo de seis a diez personas.
  • Los espectáculos taurinos podrán celebrarse con un aforo de hasta el 50 por ciento en espacios abiertos con un máximo de hasta 500 asistentes.
  • Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse con un aforo máximo de un 30 por ciento para espacios cerrados hasta un máximo de 300 asistentes, y un 50 % de aforo máximo en espacios abiertos hasta un máximo de 500 asistentes.
  • En ambos casos se deberá contar con butaca preasignada, y en caso justificado de que no fuera posible, establecer las medidas pertinentes para asegurar en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.
  • Se podrán celebrar otras competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.
  • Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo al 30 por ciento; y bibliotecas, museos y archivos, al 50 al por ciento.
  • Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural o turístico verán limitado el tamaño máximo de los grupos a diez personas.
  • Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50 por ciento del aforo máximo permitido.
  • Los hoteles sólo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.
  • Respecto a las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad, podrá permitirse su apertura y utilización para uso deportivo y terapeútico.
  • En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en espacios exteriores. Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 8:00 horas
  • En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento, y se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  • Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio. Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

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