Sanidad prorroga las medidas especiales en Toledo y Talavera de la Reina

Jesús Fernández Sanz

Susana Palomo Gómez
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La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Toledo, ha prorrogado las medidas especiales en Toledo capital y Talavera de la Reina.

En Toledo, durante la semana del 14 al 20 de septiembre, se declararon al Sistema de Vigilancia epidemiológica un total de 128 casos, mientras que en la anterior fueron 183. A pesar de la reducción de casos se ha creído conveniente mantener las medidas adoptadas.

En Talavera de la Reina entre las semanas epidemiológicas 37 y 38 se han declarado en el municipio de Talavera de la Reina un total de 621 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 744,45 casos/100.000 habitantes.

Las restricciones:

  1. Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo u convivencia estable, limitándose dichas reuniones a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes
  2. Entre las medidas a llevar a cabo destaca el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  3. En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.
  4. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
  5. Se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
  6. No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
  7. A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
  8. Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
  9. Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y a la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25)
  10. Se establece un aforo máximo del 50% en cines, teatros y auditorios, en Bibliotecas, Museos y visitas a monumentos.
  11. Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
  12. Se procede al cierre de las piscinas recreativas de uso público independientemente de su titularidad.
  13. Se podrán celebrar espectáculos taurinos con un aforo máximo del 50% del autorizado previamente
  14. Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre.
  15. En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  16. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Como medidas complementarias, se procede a la suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.

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