Estado de alarma: las medidas del gobierno para combatir la crisis sanitaria del coronavirus

Redacción CMM
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El decreto de estado de alarma limita desde esta noche los desplazamientos a los casos de fuerza mayor y, para los permitidos, se establece que habrá que evitar aglomeraciones y que debe mantenerse una "distancia de seguridad de al menos un metro" para evitar el contagio.

Los desplazamientos permitidos serán los necesarios para ir a trabajar, retornar al lugar de residencia habitual, comprar alimentos o medicamentos, acudir a hospitales o cuidar a ancianos o personas dependientes, desplazarse a entidades financieras.

En el capítulo dedicado a las "medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial", el texto precisa que la permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad".

Distancia de seguridad de al menos un metro

Y precisa que "se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios".

La asistencia a los lugares de culto y las ceremonias civiles y religiosas, "incluidas las fúnebres", subraya, "se condicionan a la adopción de medidas organizativas" que eviten las aglomeraciones "de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de al menos un metro".

La distancia de seguridad también deberá mantenerse en los medios de transporte, por lo que sólo se podrán poner a la venta un tercio de las plazas máximas disponibles, subraya el decreto.

Sánchez dice que ante la crisis "no hay ideología, no hay territorios"

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha asegurado que "a partir de mañana", en la relación con los presidentes autonómicos "no hay colores políticos, no hay ideología, no hay territorio; nuestros ciudadanos son lo primero".

Sánchez ha anunciado que mañana celebrará una reunión con todos los presidentes autonómicos "para garantizar la coordinación al más alto nivel".

"Todos deberán dejar de lado sus diferencias y situarse detrás del presidente del Gobierno; aprendamos de la constitución", en un momento en que los verdaderamente importante son los ciudadanos, ha subrayado.

Las medidas del Real Decreto

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real decreto por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyas principales medidas, de aplicación en toda España, son las siguientes:

LIMITACIÓN DE LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN

Durante la vigencia del Estado de Alarma (quince días prorrogables) los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público "de forma individual" para la realización de las siguientes actividades:

Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios o entidades financieras; ir a trabajar; volver a la residencia habitual; cuidar de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Además, se permite la circulación por causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

- Podrán circular vehículos particulares solo para la realización de las actividades permitidas.

- Interior podrá ordenar el cierre de carreteras o tramos de las mismas por razones de salud pública.

LOS MINISTROS DE DEFENSA, INTERIOR, TRANSPORTES Y SANIDAD SERÁN LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA LA APLICACIÓN DE ESTAS MEDIDAS.

LOS INTEGRANTES DE TODAS LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD (DEL ESTADO, COMUNIDADES AUTÓNOMAS Y CORPORACIONES LOCALES) QUEDAN BAJO LAS ÓRDENES DIRECTAS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

TODAS LAS AUTORIDADES, FUNCIONARIOS Y PERSONAL DEL ÁMBITO DE LA SANIDAD EN TODA ESPAÑA QUEDAN BAJO LAS ORDENES DIRECTAS DEL MINISTERIO DE SANIDAD.

LAS AUTORIDADES COMPETENTES ASEGURARÁN QUE LA SANIDAD PRIVADA Y LA SANIDAD MILITAR PUEDAN REFORZAR EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD EN TODA ESPAÑA

EL MINISTRO DE SANIDAD PODRÁ IMPARTIR ORDENES PARA ASEGURAR EL ABSTECIMIENTO DE PRODUCTOS NECESARIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA

EL MINISTRO DE SANIDAD PODRÁ INTERVENIR Y OCUPAR TRANSITORIAMENTE INDUSTRIAS, FÁBRICAS O LOCALES, INCLUIDOS LOS DE LA SANIDAD PRIVADA Y LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA

LAS AUTORIDADES COMPETENTES ADOPTARÁN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE ALIMENTOS, LA PRODUCCIÓN Y LA DISTRIBUCIÓN.

PODRÁN ESTABLECERSE CORREDORES SANITARIOS PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO, ASÍ COMO INTERVENIRSE CENTROS DE PRODUCCIÓN.

PODRÁ ORDENARSE LA MOVILIZACIÓN DE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y DE LAS FUERZAS ARMADAS PARA ASEGURAR EL ABASTECIMIENTO.

SE ADOPTARÁN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA GARANTIZAR EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DE PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETRÓLEO Y GAS NATURAL.

LA OFERTA DE TRANSPORTE PÚBLICO SE REDUCE A LA MITAD

SE SUSPENDE LA APERTURA DE BARES, ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN, DISCOTECAS, INSTALACIONES CULTURALES, DE OCIO, RECINTOS DEPORTIVOS, PARQUES DE ATRACCIONES, AUDITORIOS Y SE PROHIBEN LAS VERBENAS, DESFILES Y FIESTAS POPULARES O MANIFESTACIONES FOLCLÓRICAS EN RECINTOS ABIERTOS Y VÍAS PÚBLICAS.

LA PERMANENCIA EN LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES QUE PUEDAN SEGUIR ABIERTOS (ALIMENTACIÓN, FARMACIAS, CENTROS MÉDICOS, PELUQUERÍAS, TINTORERÍAS, ÓPTICAS, ORTOPEDIAS, TIENDAS DE ALIMENTACIÓN DE ANIMALES DOMÉSTICOS, TECNOLOGÍA...) SERÁ LA ESTRICTAMENTE NECESARIA, EVITANDO AGLOMERACIONES Y MANTENIENDO LA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE AL MENOS UN METRO.

LA ASISTENCIA A LUGARES DE CULTO, CEREMONIAS CIVILES Y RELIGIOSAS, INCLUIDAS LAS FÚNEBRES NO SE PROHIBE, PERO SE CONDICIONA A QUE SE EVITEN AGLOMERACIONES Y SE PUEDA GARANTIZAR LA DISTANCIA DE SEGURIDAD DE AL MENOS UN METRO.

SUSPENDIDA LA ACTIVIDAD EDUCATIVA EN TODAS LAS ETAPAS.

EFE

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