DEPENDENCIA

Aumentan las ayudas a la dependencia: incrementan las cuantías y horas de servicio a domicilio

El Consejo de Ministros ha aprobado la reforma del Real Decreto 1051/2013 que mejora las prestaciones económicas y de atención a domicilio

Dependencia, ayuda a domicilio, personas mayores. (Foto de archivo).
JUNTA DE ANDALUCÍA
(Foto de ARCHIVO)
05/5/2023

Dependencia, ayuda a domicilio, personas mayores. (Foto de archivo). JUNTA DE ANDALUCÍA  05/5/2023EUROPA PRESS

Redacción CMM
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la reforma del Real Decreto 1051/2013, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Una norma que tiene el objetivo de mejorar las prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia. Se prevé que beneficie al menos a 750.000 personas y "acabe de manera definitiva con los recortes que sufrió el Sistema en 2012", ha apuntado la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez. 

Listas de espera

La reforma ha sido consensuada con los gobiernos autonómicos en el marco del Consejo Territorial el pasado diciembre de 2022. Desde enero de 2021, según datos difundidos por el Gobierno, el número total de personas atendidas por el Sistema se ha incrementado en 256.065 (un 23,6% más) hasta un total de 1.340.272 personas. Por otro lado, la lista de espera se ha reducido en 89.069 personas (un 28,6% menos). El tiempo total medio de tramitación de una prestación por parte del Sistema de Atención a la Dependencia se ha reducido en 129 días (un 28,2%), pasando a estar ya en 328 días, por debajo del año. 

¿En qué se mejora?

La reforma se traduce en la mejora de tres tipos de prestaciones económicas en dependencia que existe en nuestro país: las de cuidados en el entorno familiar, las vinculadas al servicio y las de asistencia personal. 

En cuanto a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar se incrementan un 17,65%. Esta medida afecta a 540.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones. 

Cuidado en el entorno familiar

Prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar

Prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiarGobierno de España

Mejoras vinculadas al servicio

Las prestaciones económicas vinculadas al servicio se incrementan con carácter general un 4,5%. Además, en el caso de la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial, se equipará la cuantía máxima del grado II a la que corresponde al grado III y en la prestación económica vinculada al servicio de centro de día, se iguala la cuantía máxima del grado I a la que corresponde al grado II. Esta medida afecta a casi 200.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones.

Las prestaciones económicas vinculadas al servicio

Las prestaciones económicas vinculadas al servicioGobierno

Asistencia personal

Por último, las prestaciones económicas para asistencia personal se incrementan en un 4,5%, igual que las prestaciones económicas vinculadas al servicio, pero la cuantía del grado II se iguala a la correspondiente al grado III. Esta medida afecta a casi 10.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones para asistencia personal.

Las prestaciones económicas para asistencia personal se incrementan 
en un 4,5%

Las prestaciones económicas para asistencia personal se incrementan en un 4,5%Gobierno de España

La reforma también establece cuantías mínimas que hasta ahora no estaban contempladas en la normativa estatal. Esto suponía que, al aplicar las reducciones previstas en la normativa de cada comunidad autónoma a las cuantías máximas, la cuantía para la prestación económica puede ser muy reducida, incluso cercana a cero euros. Hay más de 60.000 personas con prestación económica que reciben menos de 100 euros al mes y de estas, cerca de la mitad recibe menos de 50 euros al mes.

Ayuda a domicilio

Se recuperará también la intensidad horaria de la ayuda a domicilio. Se plantea incrementar las intensidades mínimas horarias actuales para equipararlas al menos a las que había con las resoluciones de grado-nivel previas a los recortes de 2012. Se propone establecer las siguientes cuantías mínimas a percibir para cada grado y tipo de prestación económica:

Se propone establecer las siguientes cuantías mínimas a percibir para cada grado y 
tipo de prestación económica:

Se propone establecer las siguientes cuantías mínimas a percibir para cada grado y tipo de prestación económica:Gobierno de España

Más horas mensuales de ayuda

La medida se aplicará de manera progresiva de forma que las nuevas intensidades horarias del serán de aplicación a los casos que entren en el sistema con Programa Individual de Atención del Servicio de Ayuda a Domicilio (PIA de SAD) a partir de la entrada en vigor del nuevo Real Decreto. Para los casos con PIA de SAD anteriores se plantea mantener la intensidad prevista salvo revisión del caso y siempre con la conformidad expresa de la persona dependiente de manera que en ningún caso se obligue a disponer de más horas del Servicio de Ayuda a Domicilio si la persona no lo desea.

Se plantea incrementar las intensidades mínimas horarias actuales

Se plantea incrementar las intensidades mínimas horarias actualesGobierno de España

Se ha estimado que esta medida (nuevas incorporaciones al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) afectaría a unas 30.000 personas al finalizar 2023. Intensidades de la ayuda a domicilio Intensidades actuales Intensidades 2023 Grado I Máximo 20 horas De 20 a 37 horas Grado II De 21 a 45 horas De 38 a 64 horas Grado III De 46 a 70 horas De 65 a 94 horas.

La reforma introduce una serie de mejoras técnicas y el impulso de los cuidados en el entorno. En este sentido, se dota de cierta flexibilidad en el acceso a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar  para que quienes la reciban puedan hacerlo cuando la persona cuidadora principal no sea familiar directo de la persona dependiente, algo que afecta especialmente a medios rurales. Por otra parte, si las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar es ampliada por la comunidad autónoma (con su nivel adicional de financiación) y lleva aparejada una contratación regularizada de apoyos en el domicilio de trabajadoras de servicio doméstico, esta prestación se podría considerar como “servicio”. 

Finalmente, el Real Decreto consagra que no se pueda prestar teleasistencia con carácter de único servicio a personas con grado I de dependencia. Se evita así la tentación de resolver dichos expedientes con teleasistencias de bajo coste.

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