Estrasburgo condena a España por imponer cárcel por quemar fotos del Rey

Quema de fotos del rey en Barcelona

Redacción CMM
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Estrasburgo condena a España por imponer cárcel a Enric Stern y Jaume Roura por quemar fotos del Rey.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó hoy a España por imponer una pena de cárcel a los dos manifestantes que quemaron en Girona en 2007 una foto gigante de los Reyes, que constituyó "una injerencia en la libertad de expresión que no fue proporcionada con el fin perseguido".

Los tribunales españoles impusieron a Enric Stern y a Jaume Roura una multa de 2.700 euros a cada uno para eludir la prisión por un delito de injurias a la Corona, con la advertencia de que si no la abonaban se ejecutaría la condena a 15 meses de prisión.

Los tribunales españoles impusieron a Enric Stern y a Jaume Roura una multa de 2.700 euros a cada uno para eludir la prisión por un delito de injurias a la Corona, con la advertencia de que si no la abonaban se ejecutaría la condena a 15 meses de prisión.

Ahora, el fallo unánime de la Corte europea condena a España a indemnizar a los demandantes con la misma cantidad que pagaron de multa, además de otros 9.000 euros en concepto de gastos y honorarios. EFE

Es contrario a la libertad de expresión

La sentencia entiende que imponer una pena de cárcel ("la reprobación jurídica más fuerte de un acto") por "un delito cometido en el ámbito del debate político" es contrario a la libertad de expresión.

Se opone además a considerar los hechos como discurso del odio, ya que esa "interpretación demasiado amplia de la excepción" a la libertad de expresión "podría hacer peligrar el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura".

Para el Tribunal de Estrasburgo, la protección de la libertad de expresión, recogida en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, excluye el discurso del odio, ya sea por racismo, xenofobia, antisemitismo u otras formas de intolerancia.

En este sentido, el tribunal europeo "no está convencido" de que el acto "pueda ser considerado razonablemente como una incitación al odio o la violencia". Añade que, tras la quema de la foto, "no hubo conductas violentas ni problemas de orden público".

Así, el fallo considera que el suceso "debe ser interpretado como la expresión simbólica de una insatisfacción y de una protesta", y no para "despreciar y vilipendiar la persona" del rey.

Afirma la sentencia que el acto fue una "crítica hacia lo que el rey representa como jefe y símbolo del Estado y de las fuerzas que, según los demandantes, habían ocupado Cataluña".

ESTRASBURGO | España, condenada por sentenciar con cárcel por la quema de la foto del rey.El PSOE no opina sobre la sentencia, pero dice que votará no a la propuesta de ERC de despenalizar las injurias a la Corona y la quema de banderas. pic.twitter.com/oI9hDA3dRz

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