ELECCIONES GENERALES 23J

Habrá que enseñar el DNI al enviar la papeleta a los que voten por correo

La Junta Electoral Central ha aprobado exigir la identificación al votar por correo.

Plataforma de Correos para pedir turno en una oficina postal de Madrid

Plataforma de Correos para pedir turno en una oficina postal de MadridEFE/Daniel González

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Redacción CMM
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Los electores que voten por correo deberán identificarse con el DNI al enviar la papeleta.

La Junta Electoral Central (JEC) ha aprobado una instrucción que exige que todos los electores que voten por correo se identifiquen con el DNI o con un documento análogo en el momento de enviar la papeleta y depositar el voto.

Tras la polémica suscitada con el presunto fraude de votos por correo en Melilla, la JEC ha aprobado esta resolución de cara a las próximas elecciones del 23 de julio y ha señalado que si no se pudiera acudir personalmente a entregar la documentación, se deberá otorgar una autorización para que la entregue otra persona, que deberá estar firmada por el elector y acompañarse de fotocopia de su DNI o documento análogo. 

El perjuicio económico será una excusa válida para no acudir a una mesa electoral

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves que sea una excusa válida no formar parte de una mesa electoral cuando suponga la cancelación de un viaje o estancia vacacional, contratados antes de la convocatoria de los comicios del 23J, y haya perjuicio económico o suponga un trastorno grave.

En su reunión de hoy, la JEC ha aprobado una instrucción en la que pide a las Juntas Electorales de Zona (JEZ) que acepten estos términos como alegaciones válidas.

"Si la jornada electoral coincide con un desplazamiento o estancia de carácter vacacional, que haya sido contratado antes de la fecha de convocatoria de las elecciones, cuya cancelación ocasione un perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante, puede ser considerado como excusa por las JEZ, siempre que se asegure la integración plena de las mesas y que se acredite documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno graves alegados", recoge la resolución.

EFE

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