Incendios forestales

Los afectados por los incendios deben verificar si tienen su patrimonio correctamente asegurado

Los mediadores de Castilla-La Mancha aconsejan revisar las pólizas de viviendas, vehículos, fincas y explotaciones dañadas por los fuegos de La Mierla, Selas y Almorox

Julián Castillo
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El Colegio de Mediadores de Seguros de Castilla-La Mancha recomienda a las personas afectadas por los incendios de La Mierla y Selas, en Guadalajara, y Almorox, en Toledo, comprobar qué bienes tienen asegurados y si los capitales contratados se corresponden con su valor real.

Una vez que los servicios de emergencia permitan acceder a las propiedades, el primer paso es contactar con el mediador que gestionó la póliza o con la compañía aseguradora. Este profesional puede revisar las coberturas, ayudar a preparar la documentación y acompañar al afectado durante la tramitación y la peritación.

Los daños deben acreditarse mediante fotografías y vídeos realizados antes de retirar los bienes, siempre que sea seguro. También conviene conservar facturas, presupuestos, inventarios y cualquier documento que demuestre la existencia y el valor de viviendas, maquinaria, vehículos, ganado, cultivos u objetos dañados.

El infraseguro puede reducir la indemnización

El Colegio advierte de que asegurar un inmueble, una nave o su contenido por debajo de su valor real puede disminuir la cantidad que reciba el propietario. En estos casos, la compañía puede aplicar la regla proporcional y calcular la indemnización según el porcentaje del patrimonio que estuviera asegurado.

Los daños materiales provocados directamente por un incendio forestal corresponden a la aseguradora privada cuando existe una póliza que cubre este riesgo. El Consorcio de Compensación de Seguros no atiende con carácter general los desperfectos ocasionados en viviendas, vehículos, naves u otros bienes particulares.

En las fincas rústicas, la cobertura tampoco es automática. El seguro agrario puede incluir daños por incendio en cosechas, plantaciones, arbolado y ganado, así como gastos de regeneración de masas forestales, dependiendo de la línea contratada y de que la póliza estuviera vigente antes del fuego.

La causa del incendio puede seguir bajo investigación sin que ello impida comunicar el siniestro. El plazo habitual es de siete días desde que se conoce el daño o desde que puede accederse a la explotación, aunque deben consultarse las condiciones concretas de cada póliza.

Quienes no dispongan de seguro o tengan una cobertura insuficiente deberán consultar las ayudas que puedan aprobar las administraciones. Una posible declaración de zona afectada gravemente por una emergencia puede habilitar medidas de apoyo, pero no garantiza una indemnización automática ni sustituye a una póliza correctamente dimensionada.