Frente a la ocupación: ¿cómo puedo recuperar mi casa?

La ocupación de casas es un fenómeno en aumento en Castilla-La Mancha

Susana Palomo Gómez
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En Castilla-La Mancha la ocupación de inmuebles subió en 2018, según la Memoria de la Fiscalía en la región. El año pasado se registró un repunte en la región de un 12 por ciento, hasta alcanzar las 514. Esto rompe una tendencia de dos años de descensos, ya que pasaron de 1.016 en 2015 a 707 en 2016 y y 458 en 2017.

Ante la proliferación de la ocupación de casas, el Tribunal Constitucional se ha pronunciado y explica que el derecho a la elección de residencia no es un derecho absoluto que habilite a la ocupación de cualquier vivienda, sino que tiene límites y debe ejercerse dentro del respeto a la ley. Para la víctima de la ocupación pueda conseguir una respuesta rápida y eficaz, Sonia Fernández, abogada, recomienda:

  1. Poner en conocimiento a través de la Guardia Civil o Policía Nacional la ocupación de nuestra vivienda. Es fundamental porque el código penal establece como uno de los requisitos es que no tiene que haber consentimiento por parte del propietario.
  2. Acudir al juzgado con abogado y procurador porque es necesario tener una acusación particular. De esta manera se consigue estar informados en todo momento de en qué punto esta nuestro procedimiento. Si vamos sólo a las autoridades y no a los juzgados, el caso queda en manos del Ministerio Fiscal y no , pero nosotros no nos vamos a enterar de lo que ocurre.
  3. Acudir a la vía penal porque es más rápida y más garantista. Hay jurisprudencia que no entiende que la ocupación no es delito penal sino civil. Esto ocurre, sobre todo, con las viviendas de propiedad bancaria, un caso que cada vez es más habitual ya que los ocupas aprovechan el parque inmobiliario de los bancos para

¿Por qué cuesta tanto recuperar una vivienda?

Según Fernández, porque los tribunales españoles son muy lentos por la falta de medios y porque no existe unanimidad en la justicia sobre la ocupación. Los tribunales entienden la ocupación como usurpación (delito penal) y otros no. Esto en la sociedad crea, en opinión de Lex Asesores, alarma social por lo que entienden que el Tribunal Supremo debería unificar y establecer unas pautas y requisitos.

Derecho vivienda digna vs propiedad privada

La Constitución reconoce el derecho a una vivienda digna, pero también hay derecho a una propiedad privada. Para la abogada Sonia Fernández, en la ocupación de casas hay un problema de fondo social: el acceso a la vivienda debería ser más fácil de lo que lo es. Pero, además, a su entender, el derecho de propiedad "es un derecho que hay que protegerlo dentro del ordenamiento jurídico español. Por lo que debería ser el Estado el que debería abordar este tema, regulando alquileres, acceso a viviendas públicas", asegura.

Ley del desahucio exprés de 2018

Para intentar ayudar a los afectados, el año pasado se aprobó la Ley 5/2018, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación a la ocupación ilegal de viviendas.  Con ella se pretende acelerar el procedimiento para que las víctimas puedan recuperar el inmueble en un breve plazo de tiempo, en un máximo de 20 días. Según, la abogada Sonia Fernández, no es efectiva porque pese a acortar los plazos, los juzgados en la mayoría de los casos no suelen cumplirlos.

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