Visto para sentencia el caso de la agresión sexual en un bar de Ciudad Real

Alfredo Madridano Gutierrez
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La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha juzgado hoy a un hombre acusado de un delito de agresión sexual en el baño de un bar de la capital, por el que el fiscal pide una pena de ocho años de prisión. En el juicio han comparecido dos testigos, un policía y dos médicos forenses, quienes en sus valoraciones han reconocido que la víctima se vio desbordada por la situación.

Todo sucedió el 3 de agosto de 2018 cuando el procesado se encontraba en un bar de Ciudad Real con la víctima, a la que acababa de conocer, tras haber sido presentados por un amigo de ambos.  Comenzaron a charlar y pasado un tiempo, según el fiscal, "el procesado comenzó a mostrar interés en establecer una relación más íntima con la mujer, pasándola el brazo por encima de los hombros y acariciándole la espalda".  La víctima se sintió incomoda y decidió acceder al servicio del bar. En el momento en que iba  a cerrar su puerta el procesado se lo impidió, entró en el baño y allí la agredió sexualmente, según el fiscal. La joven denunció los hechos al día siguiente.

Visto para sentencia

El acusado, con antecedentes por violencia en el ámbito familiar, se ha defendido afirmando que la mujer no presentaba ningún tipo de señal de haber sido obligada y que fue una relación consentida. Un argumento que han echado por tierra los forenses. La mujer ha asegurado que no supo cómo reaccionar y que consumó la relación sexual  porque “pensé en mis hijos y me quedé en blanco y bloqueada”.

La Fiscalía y la acusación particular solicitan 8 años por un delito de agresión sexual y la defensa pide la absolución. El juicio ha quedado visto para sentencia. En su escrito de conclusiones provisionales, el fiscal ha pedido que se imponga al acusado la prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro donde se encuentre a una distancia inferior a 300 metros; así como la de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento. En ambos casos, por un tiempo de 10 años.

EFE/CMM

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