Los anuncios de juguetes ya no podrán asociar a niñas con el trabajo doméstico ni sexualizarlas

El objetivo del nuevo código publicitario sería acabar con los estereotipos sexistas y de género en los anuncios publicitarios dirigidos al público infantil.

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los anuncios de publicidad de juguetes no podrán presentar a las niñas con una imagen sexualizada ni roles de géneroPEXELS

Daniel Urda Banegas
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Desde hoy, los anuncios de publicidad de juguetes no podrán presentar a las niñas con una imagen sexualizada ni roles de género con la entrega en vigor del código deontológico sobre la publicidad no sexista de juguetes firmado por el Ministerio de Consumo con la la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) y Autocontrol.

Así, la publicidad de nueva producción deberá evitar que se asocie a las niñas con actividades relacionadas con el cuidado, trabajo doméstico o belleza y a los niños con la acción, la actividad física o la tecnología. No se deberán producir anuncios que utilicen de forma discriminatoria o vejatoria la imagen de las niñas en los anuncios dirigidos a menores.

Acabar con los estereotipos sexistas

El objetivo es que los spots de juguetes sean más igualitarios, veraces y constructivos, aspectos fundamentales para la protección y desarrollo de la infancia. Es decir, acabar con los estereotipos sexistas en la publicidad.

El nuevo código de autorregulación, que sustituye al de 2005, es un acuerdo entre el Gobierno y el sector publicitario y juguetero y está compuesto por 64 normas deontológicas, que deberán respetarse en el desarrollo, ejecución y difusión de las campañas y mensajes publicitarios dirigidos a menores de 15 años, con especial atención a la franja de 0 a 7 años por su mayor vulnerabilidad.

Así deberán ser los nuevos anuncios

Entre sus novedades, destacan las medidas destinadas a promover y fomentar una imagen plural, igualitaria y libre de estereotipos de los menores. 

  • Se prohibirá la caracterización de las niñas con connotaciones sexuales.
  • Se evitará la asociación exclusiva de juguetes que reproduzcan roles, por ejemplo, de cuidado, trabajo doméstico o belleza con ellas, y de acción, actividad física o tecnología con los niños.
  • No se presentarán los juguetes con la indicación expresa o tácita de que son para uno u otro sexo ni se harán asociaciones de colores (como el rosa para las niñas, y el azul, para los niños). 
  • Los anuncios tratarán también de utilizar el lenguaje inclusivo y presentar modelos positivos a seguir para estimular un consumo saludable, responsable y sostenible.
  • Las comunicaciones comerciales deberán describir el producto de forma comprensible y clara para los menores. 
  • Deberán presentar las aptitudes que los productos son capaces de fomentar en los menores y que son claves para su crecimiento como la creatividad, el desarrollo físico e intelectual, la sociabilidad o la empatía.
  • Los anuncios audiovisuales deberán incorporar una serie de pictogramas que aclaren gráficamente cuestiones relativas al montaje, precio o necesidades técnicas, para ofrecer una información veraz y adicional sobre las características de los juegos y juguetes.

Los pictogramas tendrán un tamaño que ocupe, al menos, un 7% de la pantalla, tendrán que estar ubicados en la parte superior izquierda de la misma siempre que sea posible y durarán, como mínimo, dos segundos. 

Se deberán evitar las falsas expectativas

Con el objetivo de evitar falsas expectativas, el sector del juguete se compromete también a:

  • Garantizar que las presentaciones escritas, sonoras y visuales de los productos sean fieles a la realidad y no confundan a los menores acerca de las características del producto promocionado o sus prestaciones. 

Para ello, evitarán intercalar en los anuncios imágenes reales y de ficción animada, o yuxtaposición de ambas sin una diferenciación clara entre ellas.

  • En aquellos anuncios en los que se representen juguetes de carácter estático en movimiento, se tendrá que apreciar claramente que ese desplazamiento se produce por el aporte mecánico de una mano o similar.
  • Se regulará la aparición en la publicidad de juguetes de personajes que gocen de popularidad entre el público infantil, como presentadores o participantes en programas de televisión, personajes reales o ficticios de películas o series, personajes del mundo deportivo o musical o influencers.
  • Los anuncios no sugerirán que las personas adultas que ofrecen los juguetes promocionados son mejores o más generosas.
  • Tampoco relacionarán la adquisición del producto con un mayor cariño o aceptación social hacia el menor, ni incitarán a la acumulación compulsiva de juguetes.

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