ESPAÑA

La Audiencia Nacional absuelve a Ana Duato y condena a dos años y dos meses de cárcel a Imanol Arias

Condena a 80 años de cárcel al asesor fiscal Fernando Peña por el "caso Nummaria"

(Foto de ARCHIVO)
Ana Duato e Imanol Arias posan durante el photocall previo a la premiere del último capítulo de la temporada 23 de 'Cuéntame cómo pasó', en los cines Callao de Madrid, a 28 de noviembre de 2023, en Madrid (España). Tras 22 años de su llegada a la televisión y 420 capítulos después, ‘Cuéntame cómo pasó’ proyecta hoy el último capítulo de su temporada.

A. Pérez Meca / Europa Press
28/11/2023

Ana Duato e Imanol Arias Europa Press

cmm
Redacción CMM
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El actor Imanol Arias ha sido condenado por la Audiencia Nacional a dos años y dos meses de cárcel por el “caso Nummaria”, sin embargo la intérprete Ana Duato ha sido absuelta de todos los delitos de los que estaba acusada.

La mayor pena ha sido para el asesor fiscal y contable Fernando Peña, condenado a 80 años de cárcel.

En la resolución de 275 páginas se ha dictaminado que, entre 2010 y 2016, ambos actores utilizaron las estructuras diseñadas por Peña para evitar la tributación de capitales en España a través del despacho Nummaria, como refleja la Sección Segunda de la sentencia. 

En el caso de Arias, la condena deriva del pacto de dos años y dos meses de cárcel que alcanzó con la Fiscalía Anticorrupción por cinco delitos fiscales entre 2010 y 2013, mientras que en el de Duato, su absolución se debe a que la Sala considera que “no concurre acreditación suficiente de que la acusada conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario”.

Todos los acusados del caso han sido absueltos del delito de organización criminal al considerar que el despacho Nummaria no se creó con un fin delictivo, sino para la realización del asesoramiento jurídico principalmente en el ámbito tributario y contable.

El fallo, que desestima todas las cuestiones previas planteadas por las defensas, absuelve a 19 acusados de todos los delitos que les atribuían las acusaciones, entre ellos el productor Miguel Ángel Bernardeau, así como a los trabajadores del despacho Nummaria, al considerar que no hay prueba suficiente para sustentar una condena.

Por el contrario, 8 de los acusados que habían llegado a un pacto con las acusaciones han sido condenados por la Audiencia a penas de entre 8 años y 6 meses de cárcel por delitos fiscales. A todos ellos, la Sala les aplica la atenuante de confesión de los hechos y también, al igual que a Fernando Peña, la de dilaciones indebidas. Algunos de ellos también resultan beneficiados por la atenuante de reparación del daño.

Estructuras ilícitas bajo la cobertura de asesoría fiscal

Bajo la cobertura de asesoría fiscal Fernando Peña llevaba a cabo actividades ilícitas. Según los jueces, Peña creó un entramado de sociedades españolas, al tiempo con sede fuera de España, fundamentalmente en Costa Rica e Inglaterra, pero también en Canadá, Uruguay y Luxemburgo. Además, usaba estas sociedades para facilitar la opacidad de las operaciones del despacho Nummaria, como para entregarlas a los clientes que desean emplearlas para la realización de las actividades ilícitas.

El relato continúa explicando que ya desde antes del año 2000 el despacho profesional de Peña “facilitó estructuras jurídico-económicas diseñadas, implementadas y gestionadas por el despacho con la finalidad de asegurar la opacidad de las operaciones económicas de sus clientes, bien frente a la Hacienda Pública, bien frente a otras terceras personas físicas y jurídicas que ostentan algún derecho de crédito contra aquellos”.

Una parte de los clientes del despacho profesional de Fernando Peña, indica, utilizó estructuras societarias opacas diseñadas por éste con el fin de evitar la tributación que hubiera correspondido en España por la obtención de rentas provenientes de todo tipo de negocios situados en nuestro país, así como para la realización de otras actividades ilícitas. En este sentido, apunta, “el despacho no solo diseñaba las operaciones de fraude fiscal y de ocultación de patrimonios de sus clientes, sino que ponía a su disposición las sociedades instrumentales necesarias para llevar a cabo el mismo y realizaba actuaciones de gestión de las mismas. En definitiva, desde el despacho se llevaba un control exhaustivo, periodo a periodo, de cada operación de fraude diseñada”.

Como ha explicado el Tribunal, la finalidad de estas estas estructuras societarias, en la mayor parte de los casos es evitar la tributación por el Impuesto de Sociedades e IVA de las sociedades operativas españolas o, en el caso de las personas físicas, por el IRPF. En otros casos, añade, las estructuras societarias facilitadas tienen otros fines ilícitos. “Al mantenerse en muchos casos oculta la titularidad de las sociedades también se han evitado en España contingencias fiscales por IRPF, como las asociadas al reparto de beneficios desde las sociedades a sus accionistas (dividendos y asimilados) o posibles ganancias de patrimonio no justificadas derivadas de la tenencia y/o aportaciones de capital vía ampliaciones o prestamos desde las personas físicas a las sociedades operativas”, agrega.

Peña creó una estructura para mantener oculto el patrimonio

La Sala explica que su única finalidad era evitar la tributación de los ingresos generados por su actividad profesional y mantener oculto el patrimonio acumulado de los beneficios canalizando los ingresos que esta le generaba a través de un grupo de sociedades.

Tras examinar los importes de las declaraciones de IVA e IRPF presentados por titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero Peña se considera que “resultan incongruentes con la verdadera dimensión de la actividad profesional de asesor fiscal en el despacho Nummaria que oculta tras la estructura de sociedades citadas anteriormente; incongruentes, asimismo, con los ingresos anuales que él mismo declara obtener de su actividad ante la entidad Suiza U.B.S de 1.250.000€ anuales y, también, resulta incongruente con el elevado patrimonio que titulariza a través de sociedades, tanto en España como en el extranjero”.

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