Claves de la ley de protección animal: multas de hasta 600.000 euros para evitar el maltrato

perros en un parque

Elena Garcia Fermosel
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El Consejo de Ministros extraordinario que se celebrará este viernes analizará y previsiblemente aprobará el anteproyecto de ley de derechos de los animales, que incluye numerosas novedades dirigidas a prevenir y evitar el maltrato animal, a reducir su sacrificio y a mejorar su bienestar para su posterior tramitación parlamentaria.

El hasta ahora anteproyecto de la ley, que abrió el plazo de información publica el pasado 6 de octubre, establece un régimen sancionador en el que se distinguen tres tipos diferentes de faltas -leves, graves y muy graves- y que podría llegar hasta los 600.000 euros.

También prevé medidas accesorias para los incumplimientos que pueden dar lugar al decomiso del animal y su entrega a una entidad de protección, así como la posibilidad de inhabilitar al propietario de la tenencia de animales "por un periodo máximo de cinco años para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves".

Se trata de la primera ley estatal que regula la relación con los animales de compañía y responde al "sentir de la sociedad", que "desde hace tiempo no tolera el maltrato, el abandono y el sacrificio de los animales".

Este jueves Belarra ha confirmado que el anteproyecto de ley se estudiará este viernes en la mesa del Gobierno que abordará "dos de los grandes problemas" que hay en España con los animales: el abandono y el maltrato.

Las novedades de la ley de protección animal

El texto del Gobierno quiere prohibir la cría de mascotas a particulares, de modo que solo podrá ser efectuada por criadores profesionales y quedará prohibida la compra venta de animales en tiendas de mascotas, que tampoco podrán exhibirlos en sus escaparates. En cuanto a los zoos prevé su reconversión en lugares de cría autóctona en cautividad, entre otras materias.

Otros de los objetivos de la norma son el "sacrificio cero" y el "abandono 0" y para ello la norma establece la creación de hasta seis registros estatales: de animales de compañía, de núcleos zoológicos, de criadores, de inhabilitados para pertenencia de animales, profesionales del comportamiento animal y de entidades de protección animal.

Sin animales en Cabalgatas de Reyes ni en espectáculos circenses

Por otro lado, contempla la prohibición del uso de animales tanto en Cabalgatas de Reyes, en belenes vivientes, así como en procesiones y romerías y tampoco podrán ser objeto de espectáculos circenses.

Además, pondrá en marcha un Observatorio Estatal de Protección Estatal, un registro de criadores, que serán los únicos facultados para vender animales, así como un registro de personas inhabilitadas para la tenencia animal.

El Registro Nacional de Inhabilitaciones para la Tenencia y Actividades relacionadas con Animales (RINTA) incluirá la identidad de personas físicas o jurídicas que estén inhabilitadas penal o administrativamente para el ejercicio de profesión, oficio o comercio relacionado con animales, así como para la tenencia de animales.

Al registro aportarán datos las comunidades autónomas, entidades locales y Ministerios respecto de resoluciones administrativas firmes por las que se inhabilite para la tenencia de animales, así como por el Ministerio de Justicia respecto de las personas condenadas en sentencia firme por la comisión de cualquier delito relativo a la protección de la fauna y animales domésticos.

Otro de los aspectos controvertidos y que ha suscitado las críticas, entre otros de la Organización Colegial Veterinaria son las vías para lograr el sacrificio cero de animales, ya que el texto que propone el Gobierno de coalición quiere prohibir "expresamente" el sacrificio y únicamente se procederá a eutanasiar animales de manera justificada y bajo criterio y control veterinario para evitar su sufrimiento en caso de heridas incurables, por seguridad para las personas o animales o de la existencia de riesgo para la salud pública o causas medioambientales debidamente motivados normativa o científicamente.

Del mismo modo, se prohíbe su uso de forma ambulante como reclamo y queda prohibido ejercer la mendicidad valiéndose de ellos, así como someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.

Igualmente se prohíbe el uso de pinchos, correas, collares y otros similares que ahorquen o aparatos eléctricos ni se autoriza el silvestrismo así como alimentarlos con vísceras, cadáveres y otros despojos.

Tampoco podrán ser premio de recompensa, rifa o promoción ni se podrá mantener permanentemente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

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