RENTA 2023-2024 

Novedades de la Renta: fechas clave y nuevas deducciones

Los autónomos obligados a presentar la Declaración, rebajas por maternidad o por la adquisición de un vehículo eléctrico, entre otros cambios

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23/4/2020

Novedades de la Renta: plazos y nuevas deduccioneseuropa press

Redacción CMM
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La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arranca el próximo 3 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde esta semana los contribuyentes pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales

Fechas clave

Según el calendario, la Campaña arrancará justo después de Semana Santa, el 3 de abril, y se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, un día más de lo que suele ser habitual, ya que el 3 0de junio cae este año en domingo. 

Para realizar la declaración por teléfono, la Agencia Tributaria estará disponible desde el 7 de mayo hasta el 1 de julio de 2024 y la solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio. 

Entre el 3 de junio y el 1 de julio, se podrá confeccionar las declaraciones de forma presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria, con una solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio. 

Los autónomos obligados a hacer la declaración

Todos los autónomos estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta el año que viene, independientemente de sus ingresos. Esta es otra de las novedades a tener en cuenta de cara a esta campaña. 

Del mismo modo, las personas titulares del ingreso mínimo vital y las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligadas a presentar anualmente la declaración correspondiente al IRPF. 

Se eleva el mínimo exento a 15.000 euros

Por otra parte, en relación con la obligación de declarar, los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 elevaron el umbral inferior de la obligación de declarar de 14.000 euros anuales a 15.000.

No obstante, Hacienda insiste en que los contribuyentes no obligados a declarar, aunque no les resulte exigible la presentación de una declaración con resultado a ingresar, sí están obligados a presentarla cuando soliciten una devolución del impuesto.

Para determinar el importe de la devolución para aquellos contribuyentes no obligados a declarar, deben tenerse en cuenta, además de los pagos a cuenta efectuados, la deducción por maternidad y las deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente separado legalmente con dos hijos o sin vínculo matrimonial que, en su caso, correspondan a cada uno de ellos.

Novedades en las deducciones de maternidad

Hasta el 2022 solo las madres trabajadoras se podían beneficiar da la deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. Ahora se pueden beneficiar de esta deducción incluso si la madre no estaba trabajando en el momento del nacimiento, sino cobrando el paro, o si cotizó 30 días o más.

Esta ampliación entre 2020 y 2023 de las madres beneficiadas alcanza también hasta los 1.000 euros adicionales por gastos de custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil. 

Las plusvalías de más de 200.000 pagarán más

En 2023 se elevó hasta el 27% la tributación de las rentas de capital en el IRPF superiores a 200.000 euros, y para las plusvalías superiores a 300.000, se elevará hasta el 28%. 

De su lado, los autónomos se beneficiarán de una reducción de un 5% adicional en los rendimientos netos en la tributación por módulos y, en la estimación directa simplificada, tendrán una deducción adicional de dos puntos, hasta el 7%, en gastos de difícil justificación.

Los mutualistas en la Campaña de la Renta 

Los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales y pagaron de más en el IRPF, tendrán que prestar atención a esta Campaña. Una sentencia del Tribunal Supremo dio la razón a un jubilado del sector bancario que pedía parte de su pensión, ligada a las aportaciones que realizó a la Mutualidad Laboral de Banca, no tributase en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) señala que si en los datos fiscales de la próxima Campaña de Renta de 2023 aparece el concepto de 'Ajuste por Mutualidades-DT2 LIRPF' se aplicará la reducción de forma automática en la declaración.

En caso contrario, Gestha apunta a que basta con completar el formulario de solicitud habilitado por la Agencia Tributaria para rectificación. 

Aportaciones a planes de pensiones o adquirir un vehículo eléctrico

Se mantiene en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales con derecho a deducción, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.

De su lado, los contribuyentes se podrán deducir el 15% si realizan una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de compra de un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos), o si la han realizado desde el 30 de junio de 2023.

En caso de compra, la deducción del 15% del valor de compra incluidos gastos e impuestos, y excluidos los importes de las ayudas públicas que perciba (por ejemplo, Moves III) está limitado a una base máxima de 20.000 euros y se aplica en el año en que se matricula.

También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

Agencias

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