VIVIENDA

El registro único de alquileres de corta duración, en vigor desde este 1 de julio

España es el primer país en adaptar esta normativa europea que persigue acabar con las estafas, los pisos turísticos ilegales y facilitar el acceso a una vivienda digna

Redacción CMM
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Con este registro obligatorio se quiere regular un alquiler de temporada que sigue subiendo mientras se reduce el el permanente. Es la fórmula que muchos propietarios usan para alquilares de corta duración, turístico, de temporada o de habitaciones a través de plataformas y saltarse las limitaciones de precios que la Ley de Vivienda trató de introducir . Condenando a los inquilinos a una situación angustiosa 

Una base de datos fiable 

En los últimos seis meses, los anuncios de este tipo de arrendamiento han pasado del 30 al 35% en todas las capitales de provincia. El registro único será como una barrera para quienes actúan hasta ahora fuera de la legalidad. Muchos inmuebles se verán abocados a salir del mercado turístico.

Un sistema que regularizará el mercado y creará una base de datos fiable que permita a los usuarios verificar la legalidad y condiciones de las propiedades. 

Además, de dar garantías a los propietarios y la administración, acabando con el fraude en estos alquileres. Una norma que protege al propietario y al inquilino.

Qué establece la normativa

La nueva regulación establece que todas las viviendas destinadas a uso turístico o de temporada deben contar obligatoriamente con un código de registro para poder operar legalmente.

El procedimiento de registro único se articula a través del Registro de la Propiedad y de Bienes Muebles, que se encarga de facilitar a los propietarios -cuando se cumplen los requisitos- un código sin el cual no pueden comercializar la vivienda en las plataformas 'online' de alquiler.

La solicitud debe ir acompañada de la referencia catastral y la dirección exacta del alojamiento, el modelo de alquiler, el número de personas que pueden hacer uso de la vivienda y el cumplimiento de los requisitos que establece cada comunidad autónoma para este tipo de servicios. Una vez validada, los propietarios de estos alojamientos recibirán un número de identificación que deberán hacer público en las plataformas 'online' donde promocionen sus servicios de alquiler. 

Obliga a las plataformas a identificar el código de registro de la vivienda

Una vez iniciado julio, los alojamientos que no tengan este código de registro no podrán mantenerse en activo en las plataformas. Las plataformas están obligadas a que en sus aplicaciones los arrendadores identifiquen con este número sus viviendas, a garantizar que las personas arrendadoras puedan incluirlo en los anuncios y que éste sea visible; realizar comprobaciones aleatorias y periódicas e informar cuando sean negativas o a recoger y transmitir mensualmente los datos de actividad por unidad.

La transmisión de los datos por parte de las plataformas en línea de alquiler de corta duración a la ventanilla única digital de arrendamientos -que centraliza los trámites relacionados con el registro y la consulta de datos- es de carácter mensual. En el caso de las plataformas pequeñas y microplataformas, los datos se transmitirán al final de cada trimestre.

Por su parte, los arrendadores están obligados a obtener un número de registro, a comunicarlo a las plataformas, a aportar la información requerida, a atender los requerimientos de información y actualizar si hay cambios.

Cada vivienda solo podrá tener un número de registro por categoría y tipo de arrendamiento.

Cerca de 200.000 solicitudes recibidas

Entre el 2 de enero y hasta la fecha se han recibido 199.686 solicitudes, mayoritariamente de alquiler turístico.

De ellas, 90.046 han sido aprobadas, 17.596 denegadas y 92.044 están pendientes de verificación por parte del Colegio de Registradores. 

Las solicitudes son mayoritariamente de alquiler turístico (156.938) y se concentran principalmente en las provincias de Málaga, Gran Canaria, Alicante, Baleares y Barcelona. Solo en el último mes se han realizado más de 125.000 solicitudes, según indica el Ministerio de Vivienda.