Sanidad levanta el confinamiento de Bolaños de Calatrava y decreta medidas nivel 3

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Susana Palomo Gómez
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La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, ha decretado el levantamiento del confinamiento en la localidad ciudadrealeña de Bolaños de Calatrava y decreta medidas especiales nivel 3. Confinada desde el 3 de septiembre, este fin de semana, el Delegado de Sanidad de Ciudad Real ya adelantó que si la localidad tenía una buena evolución epidemiológica se levantarían las limitaciones de movilidad.

Bolaños de Calatrava podrá dejar atrás el confinamiento, si continúa la tendencia a la baja de los contagios

Desde el 26 de agosto, se adoptaron en la localidad las primeras medidas complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional, ya que la situación de incidencia de la Covid-19 así lo exigía.

Del 7 al 20 de septiembre, semanas epidemiológicas 37 y 38, se diagnosticaron 287 casos, lo que significaba una tasa de incidencia acumulada de 2.404,89 casos por 100.000 habitantes.

En la semana 40, del 28 de septiembre al 4 de octubre, se han detectado 35 casos, lo que da muestra de la bajada de casos y que permite relajar las medidas adoptadas en la localidad.

Esta misma mañana el Delegado provincial de Sanidad, Francisco José García, ha transmitido al alcalde de la localidad la decisión adoptada siguiendo la evolución epidemiológica y aplicando criterios técnicos.

El alcalde de la localidad mostró su rechazo a la última prórroga del confinamiento y este pasado sábado leyó un manifiesto acompañado con algunos grupos y colectivos de la localidad.

?? El alcalde de #Bolaños dará mañana sábado día 3 de octubre, a las 13h, en la Plaza de España, lectura a un manifiesto, acompañado de representantes de diferentes colectivos sociales y económicos de la localidad, con el contenido de la moción aprobada POR UNANIMIDAD. pic.twitter.com/uGmSzDUg0T

Medidas Nivel 3

  1. Se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
  2. Se suprime el servicio en interior de locales cerrados de establecimientos de hostelería y restauración.
  3. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento de lo que está establecido previamente.
  4. Se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.
  5. No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días. Los residentes con IgG positiva previa, o que hayan superado la Covid19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.
  6. A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
  7. Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
  8. Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y a la restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).
  9. También a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
  10. Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, …).
  11. Se procede al cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, Bibliotecas y Museos.
  12. Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
  13. Se procede a la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
  14. Se determina el cierre cautelar de parques y jardines.
  15. En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
  16. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

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