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Las tasas e impuestos autonómicos se podrán pagar por bizum en Castilla-La Mancha

(Foto de ARCHIVO)
Imagen de un usuario utilizando Bizum en su móvil.

REMITIDA / HANDOUT por BANCO DE ESPAÑA
Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma
01/1/1970

magen de un usuario utilizando Bizum en su móvil. archivo

cmm
Redacción CMM
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Castilla-La Mancha moderniza el Sistema Único de Pago Electrónico de la Junta de Comunidades, incorporando nuevas formas de pago de impuestos y tasas, como es el sistema Bizum, y ampliando el catálogo de documentos que pueden abonarse por vía telemática en oficinas de la Administración.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado la resolución de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, dependiente de esta Consejería, por la que se adapta la normativa vigente (que regula el pago electrónico con tarjeta de crédito o débito desde 2016) a la evolución tecnológica y social de los últimos años, facilitando a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones económicas con la Administración regional de una forma más ágil, cómoda y segura.

Esta nueva resolución introduce como novedades, la incorporación del sistema Bizum como medio de pago, tanto en la pasarela electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como en las oficinas administrativas habilitadas. Asimismo, se prevé la autorización para la instalación de nuevos terminales físicos en órganos, unidades o centros administrativos.

Además, se eliminan las restricciones existentes hasta ahora sobre determinados modelos de documentos, permitiendo que puedan abonarse por esta vía todos aquellos que se recauden por cualquiera de los órganos de la Administración general, de sus organismos, entidades dependientes, unidades y centros administrativos.

Distintos métodos de pago a la Administración

Los pagos, según recoge la resolución, podrán realizarse:

  • A través del terminal de Punto de Venta Virtual de carácter general (TPV-CG), desde la sede electrónica.
  • Mediante los terminales Punto de Venta conectado a ordenador (TPV-PC), en oficinas administrativas.
  • Por tarjeta bancaria admitida por la entidad prestadora del servicio, antes limitado a unos pagos muy concretos.
  • Tener habilitado el pago mediante el sistema Bizum.
  • Estas vías de pago se unen al pago en entidad colaboradora (tanto presencial como electrónico), al pago mediante giro postal y al pago mediante transferencia bancaria.

El importe del documento a abonar por este medio de pago no podrá ser superior a 3.000 euros, y además deberá realizarse por la totalidad de la cuantía a ingresar del documento de pago que se quiere abonar, salvo en los supuestos en los que el Sistema Único de Pago Electrónico de la Administración tenga habilitado un abono inferior.

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