¿Cómo será la ley que regulará el teletrabajo?

Elena Garcia Fermosel
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Pendientes de la Ley que regulará el teletrabajo y que afronta su recta final. Gobierno y agentes sociales ultiman este lunes los detalles de esta norma que también incluye a los funcionarios.

Está previsto que este martes sea aprobada por el Consejo de Ministros, aunque no entrará en vigor de forma inmediata. Una ley que será de aplicación tanto para el sector público como privado.

Tendrá un periodo de duración de un año que podría ser ampliado en negociación colectiva hasta un máximo de tres.

Pero ¿cuáles son las claves de la ley que regulará el teletrabajo?

  • El teletrabajo es voluntario: se deberá firmar un acuerdo individual entre empresa y trabajador, y siempre será reversible esta situación. Es decir, al trabajador no se le puede obligar y además puede volver a lo presencial cuándo lo solicite siempre que no se den situaciones excepcionales cómo el confinamiento.
  • El trabajador tendrá derecho a que se le paguen los gastos relacionados con su actividad, como equipos técnicos o material. Tiene que existir un mecanismo específico para que al trabajador se le abone los gastos. Y el empresario podrá vigilar y controlar a sus empleados en su horario.
  • Deberá trabajar desde casa al menos dos días a la semana, es decir, un treinta por ciento de su jornada habitual.
  • En el caso de los funcionarios cada administración determinará el tiempo a través de negociación colectiva. El teletrabajo no podrá ser del 100% de la jornada laboral, pero corresponde a las administraciones públicas diseñar cómo implementarlo
  • Tanto en sueldo, formación o ascenso profesional no podrá haber diferencias entre los que teletrabajan y los que no.
  • La ley tendrá un periodo transitorio de aplicación de un año. Incluso podría ampliarse a tres, dependiendo de los casos.

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