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Cómo proteger nuestra voluntad si llega la demencia

Hay varias fórmulas para garantizar que se cumple la voluntad de estas personas

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Susana Palomo Gómez
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En un país en el que alrededor de un millón de personas padece alzheimer, existen herramientas para estas personas y sus familias que deben conocer para cuando la enfermedad avance.

Cada año se diagnostican 40.000 casos nuevos. Para ellas, hay varias fórmulas para garantizar que se cumple la voluntad de estas personas. Poderes que se otorgan a terceras personas e incluso a instituciones para que actúen en su nombre sin recurrir a la incapacidad judicial. 

Conocer las medidas legales de apoyo a una persona con alzheimer y otras demencias es fundamental para poder atenderle y cumplir su voluntad. Son poderes preventivos. 

Las medidas de apoyo dependen de la situación familiar del paciente. Las hay que son medidas voluntarias de apoyo, cuya función es asistir a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica en los ámbitos en los que sea preciso. 

Se suelen utilizar para acciones puntuales en las que puede intervenir un notario o un juez

Las medidas voluntarias más intensas son los poderes preventivos, que tienen un carácter especial de protección si son de subsistencia, es decir, que se mantengan si se pierde la capacidad. También pueden ser exclusivamente preventivos, sólo para el caso en que la persona necesite el apoyo. 

Cuando esas medidas voluntarias y de asistencia puntual no son suficientes, se pueden establecer salvaguardias para ejercer eses poderes. Los apoderados pueden gestionar patrimonio y asuntos personales del enfermo sin necesidad de acudir a la incapacidad judicial.

Con la autocuratela cualquier persona mayor de edad, en escritura pública, en previsión de una situación de necesidad o soporte para ejercitar la capacidad jurídica, puede dictar al juez las condiciones del nombramiento de un curador para ejercitar esa capacidad jurídica.

Cabe mencionar también la guarda de hecho, una medida informal de apoyo que puede existir cuando no haya medidas voluntarias o judiciales que se estén aplicando eficazmente.

Muchas veces, además de medidas de apoyo voluntarias, pueden ser necesarias medidas económicas. En este punto, los documentos de transmisión del patrimonio y títulos sucesorios son dos elementos fundamentales

Respecto a los títulos sucesorios se debe tener en cuenta el Pacto Sucesorio y el Testamento por Comisario en las regiones con derechos forales. Cada uno tiene sus características, sujetos e impuestos en función de las diferentes situaciones que se den.

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