OPOSICIONES POLICÍA NACIONAL

El Supremo aprueba la convocatoria de plazas a Policía Nacional y sigue adelante

Se acordó suspender el pasado 29 de noviembre, tras quedar plasmada en el BOE la medida cautelar adoptada por el alto tribunal en septiembre de anular la exclusión de aspirantes por tener lentes intraoculares.

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El Tribunal Supremo da luz verde a la convocatoria de plazas a la Policía Nacional, que acordó suspender el pasado 29 de noviembre, tras quedar plasmada en el BOE la medida cautelar adoptada por el alto tribunal en septiembre de anular la exclusión de aspirantes por tener lentes intraoculares.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha decidido por tanto dejar sin efecto su decisión de anular la resolución de la Dirección General de la Policía, de 15 de noviembre de 2022, de convocatoria de oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, ante la publicación de una corrección de errores en el Boletín Oficial del Estado del 30 de noviembre.

Dicha corrección se centró en suprimir el motivo de la anulación de la convocatoria, que consistía en haber mantenido la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas sin mencionar que fue suspendida cautelarmente por el propio Supremo el pasado septiembre.

Ahora, según el auto dictado, la Sala señala que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre de 2022) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre de 2022.

El Supremo responde así a una alegación formulada por el abogado del Estado en un escrito de 1 de diciembre de 2022, y ante el hecho de que la corrección de errores incluida en el BOE de 30 de noviembre por la Dirección General de la Policía repara la carencia de la resolución de 15 de noviembre de 2022 y, por consiguiente, hace desaparecer la vulneración de la medida cautelar vigente.

En todo caso, el auto destaca que “en este asunto que afecta a un elevado número de personas, tan sólo la Administración ha dilatado los tiempos, por no mencionar que no ha informado con precisión y prontitud de los pasos dados para remediar la vulneración de la medida cautelar".

Otra observación que hace es que, contrariamente a lo que afirma el Abogado del Estado, el auto de 29 de noviembre "no adopta una nueva medida cautelar, sino que se limita a salvaguardar la eficacia de una ya en vigor”.

34 aspirantes que tenían este tipo de lentes

El Supremo adoptó esta medida cautelar a petición de 34 aspirantes a Policía que tienen este tipo de lentes, que se colocan a través de dos pequeñas incisiones entre el iris y el cristalino para corregir generalmente la miopía.

Estos agentes invocaron el denominado "periculum in mora", principio que se aplica ante la existencia del riesgo de que, en caso de ser estimado en su día el fondo del recurso, los recurrentes pierdan al menos la oportunidad de participar en una oposición libre para el ingreso en la Policía nacional, ya que el pasado mes de agosto se convocó una oposición con las citadas causas de exclusión.

El Abogado del Estado se opuso a esta medida cautelar esgrimiendo una posible perturbación de los intereses generales, si bien el Supremo rechazó su alegación al considerar que no había especificado qué alteración del buen funcionamiento de la Administración o del correcto desarrollo del proceso selectivo ahora convocado -o de los que puedan convocarse antes de que esta Sala dicte sentencia- derivaría de la suspensión cautelar de las causas de exclusión relativas a las lentes intraoculares.

En contra de lo que también argumentaba la Abogacía del Estado, que consideraba que los recurrentes no tenían legitimidad para ello, la Sala observa que el hecho de que lleven tiempo preparándose para ingresar en la Policía "demuestra que tienen un interés legítimo en combatir, incluso en vía cautelar, las causas de exclusión para el ingreso en el mencionado cuerpo policial". 

EFE